
驴CONOCES EN QU脡 CASOS 饾棙饾棢 饾棪饾棓饾棫 饾棧饾棬饾棙饾棗饾棙 饾棞饾棥饾棤饾棦饾棭饾棞饾棢饾棞饾棴饾棓饾棩 饾棢饾棦饾棪 饾棗饾棙饾棧饾棦虂饾棪饾棞饾棫饾棦饾棪 BANCARIOS?
El SAT (Servicio de Administraci贸n Tributaria) tiene la facultad de paralizar los dep贸sitos bancarios de un contribuyente, en los siguientes casos:
1. No se haya interpuesto un medio de defensa o bien, la resoluci贸n definitiva fue a favor del SAT, por ende, la autoridad ejerce el cobro.
2. Que se encuentre sujeto a alg煤n medio de defensa y exista la obligaci贸n de garantizarlos, y no se ha ofrecido alguna garant铆a
Por lo cual la autoridad solicita directamente o le ordena a las instituciones de banca m煤ltiple la inmovilizaci贸n de dep贸sitos suficientes para garantizar hasta por el monto de tus adeudos fiscales actualizados y sus accesorios (recargos, multas y gastos de ejecuci贸n).
Cabe aclarar que el SAT notifica este acto v铆a buz贸n tributario o personalmente, siempre y cuando, esta autoridad fiscal tenga registro de tu correo electr贸nico o te encuentres localizable en tu domicilio fiscal, de lo contrario la notificaci贸n se realiza por estrados.
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