
¿SABES EN QUÉ MOMENTO PUEDES P𝗣𝗥𝗘𝗦𝗘𝗡𝗧𝗔𝗥 𝗠𝗔𝗦 𝗗𝗘 𝟯 𝗗𝗘𝗖𝗟𝗔𝗥𝗔𝗖𝗜𝗢𝗡𝗘𝗦 𝗖𝗢𝗠𝗣𝗟𝗘𝗠𝗘𝗡𝗧𝗔𝗥𝗜𝗔𝗦, AUNQUE SE HAYAN INICIADO FACULTADES DE COMPROBACIÓN?
El Código Fiscal de la Federación menciona que se podrán modificar en más de tres ocasiones las declaraciones presentadas, aun cuando se hayan iniciado las facultades de comprobación, cuando sucedan los siguientes casos:Sólo incrementen sus ingresos o el valor de sus actos o actividades.
Sólo disminuyan sus deducciones o pérdidas o reduzcan las cantidades acreditables o compensadas o los pagos provisionales o de contribuciones a cuenta.
La presentación de la declaración que modifica a la original se establezca como obligación por disposición expresa de Ley.
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