La Ley del Impuesto Sobre la Renta seรฑala que no serรกn deducibles el 91.5% de los consumos en restaurantes. Para que proceda la deducciรณn del 8.5% restante, el pago deberรก hacerse mediante tarjeta de crรฉdito, de dรฉbito o de servicios, o a travรฉs de los monederos electrรณnicos autorizados por el Servicio de Administraciรณn Tributaria.
Los pagos en efectivo no son deducibles, y los medios de pago deben estar a nombre del contribuyente que desea hacer la deducciรณn.
En el caso de viรกticos y gastos de viaje, el consumo en restaurantes serรก deducibles de acuerdo a otros parรกmetros:
โข Deben realizarse fuera de una zona de 50 km del establecimiento del contribuyente.
โข Las personas beneficiarias deben tener una relaciรณn laboral con el empleador o prestar servicios profesionales.
โข Los gastos deben estar respaldados con un comprobante fiscal en territorio nacional, o en caso de estar en el extranjero contar con la documentaciรณn correspondiente.
โข El monto deducible es hasta $750 pesos diarios por persona en territorio nacional y $1,500 pesos diarios en el extranjero, siempre que se acompaรฑe con comprobante fiscal o con la documentaciรณn que respalde el hospedaje o transporte.
โข El pago debe efectuarse mediante tarjeta de crรฉdito a nombre de la persona que realiza el viaje.
En el caso de seminarios o convenciones los conceptos de hospedaje, alimentos y otros deben estar desglosados en los comprobantes fiscales. De no ser asรญ, solo serรก deducible la parte correspondiente a la alimentaciรณn, siempre y cuando no exceda los lรญmites establecidos.