
TE RECORDAMOS QUE EL 𝟑𝟎 𝐃𝐄 𝐀𝐁𝐑𝐈𝐋 𝐄𝐒 𝐋𝐀 𝐅𝐄𝐂𝐇𝐀 𝐋𝐈𝐌𝐈𝐓𝐄 PARA PRESENTAR EL 𝐀𝐕𝐈𝐒𝐎 𝐃𝐄 𝐃𝐈𝐂𝐓𝐀𝐌𝐄𝐍 𝐀𝐍𝐓𝐄 𝐄𝐋 𝐈𝐌𝐒𝐒 ¿QUIÉNES ESTAN OBLIGADOS? ![]()
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La Ley del Seguro Social establece que los patrones que de conformidad con el reglamento cuenten con un promedio anual de trescientos o más trabajadores en el ejercicio fiscal inmediato anterior, están obligados a dictaminar el cumplimiento de sus obligaciones ante el Instituto por contador público autorizado.
Los patrones que no se encuentren en el supuesto del párrafo anterior podrán optar por dictaminar sus aportaciones al Instituto, por contador público autorizado, en términos del reglamento señalado.
Los patrones que presenten dictamen, no serán sujetos de visita domiciliaria por los ejercicios dictaminados a excepción de que:
I. El dictamen se haya presentado con abstención de opinión, con opinión negativa o con salvedades sobre aspectos que, a juicio del contador público, recaigan sobre elementos esenciales del dictamen, o
II. Derivado de la revisión interna del dictamen, se determinaren diferencias a su cargo y éstas no fueran aclaradas y, en su caso, pagadas.
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