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BOLETÍN FISCAL: REPARTO DE UTILIDADES 2025

BOLETÍN FISCAL: REPARTO DE UTILIDADES 2025

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mayo 20, 2025
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ESTUDILLO Y CIA, S.C.
𝐑𝐄𝐏𝐀𝐑𝐓𝐎 𝐃𝐄 𝐔𝐓𝐈𝐋𝐈𝐃𝐀𝐃𝐄𝐒 𝟐𝟎𝟐𝟓

¿Qué es el reparto de utilidades?
Es un derecho constitucional de los trabajadores para obtener una parte de las ganancias que la empresa o el patrón obtuvo durante el año fiscal anterior (en este caso, 2024).

📆 ¿Cuándo se paga? El pago debe realizarse dentro de los sesenta días siguientes a la fecha en que deba pagarse el impuesto anual:

  • Personas morales: Hasta el 30 de mayo.
  • Personas físicas: Hasta el 29 de junio.

IMPORTANTE:

La Ley Federal del Trabajo señala que el importe de las utilidades no reclamadas en el año en que sean exigibles, se agregará a la utilidad repartible del año siguiente.

🧾 ¿Quiénes tienen derecho al PTU?

  • Todos los trabajadores que hayan laborado mínimo 60 días en el año, ya sea de forma continua o discontinua, incluyendo los trabajadores por contrato o por obra determinada, siempre que cumplan el tiempo mínimo.

Excluidos del reparto:

  • Directores, administradores y gerentes generales.
  • Socios o accionistas.
  • Trabajadores eventuales que no hayan trabajado 60 días.
  • Trabajadores domésticos.

📊 ¿Cómo se calcula?

El cálculo del reparto consiste en distribuir la utilidad repartible entre todos los trabajadores en dos partes iguales:

  1. Días trabajados: Se consideran los días trabajados por cada trabajador durante el año.
  2. Salarios devengados: Se repartirá en proporción al monto de los salarios percibidos por el trabajo prestado en el transcurso del año.

 

Tope:

  • El monto de la PTU tiene un límite máximo de tres meses del salario del trabajador o el promedio de la PTU recibida en los últimos tres años, lo que resulte más favorable para el trabajador. Artículo 127-IX LFT.

❌ ¿Quiénes no están obligados a repartir utilidades?

  • Empresas de nueva creación en su primer año de funcionamiento.
  • Empresas nuevas dedicadas al desarrollo de un producto nuevo, exentas los 2 primeros años.
  • Empresas de industria extractiva de nueva creación, durante el periodo de exploración.
  • Las instituciones de asistencia privada, sin propósitos de lucro.
  • El IMSS y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.
  • Empresas que tengan un capital menor del que fije la Secretaría del Trabajo y Previsión Social por ramas de la industria, previa consulta con la Secretaría de Economía.

Multa por no realizar el pago de utilidades.

Para los patrones que no cumplan con el reparto de utilidades en tiempo, la Ley Federal del Trabajo impondrá una multa que va de 250 a 5,000 Unidades de Medida y Actualización (UMA). Artículo 994-II LFT

✅ Recomendaciones:

  1. Notificar a los trabajadores sobre el pago de PTU y entregar su reparto antes de la fecha límite.
  2. Emitir el CFDI por el pago de la PTU correspondiente al momento del pago.

🎯 ¿Tienes dudas sobre cómo calcular o justificar el PTU?
¡Estamos para ayudarte! Comunícate con nosotros para una asesoría personalizada.

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Firma: CP. Lourdes Santos Rodríguez

abogada
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