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BOLETÍN FISCAL: Ley Antilavado: ¿Su empresa está cumpliendo o está en riesgo sin saberlo?

BOLETÍN FISCAL: Ley Antilavado: ¿Su empresa está cumpliendo o está en riesgo sin saberlo?

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enero 20, 2026
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ESTUDILLO Y CIA, S.C.
BOLETÍN INFORMATIVO –  Ley Antilavado: ¿Su empresa está cumpliendo o está en riesgo sin saberlo?

Estudillo y Compañía – 30 años asesorando a las empresas de Ensenada y Baja California

Iniciar un nuevo año es una excelente oportunidad para revisar no solo los resultados financieros, sino también el cumplimiento legal y fiscal de la empresa.
Uno de los temas que con mayor frecuencia genera riesgos inadvertidos para los empresarios es la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, comúnmente conocida como Ley Antilavado.

En nuestra experiencia de casi 30 años asesorando empresas en Ensenada y la región, hemos observado que muchos incumplimientos no se originan por mala fe, sino por desconocimiento de las obligaciones.

¿Qué es la Ley Antilavado y por qué debe importarle como empresario?

La Ley Antilavado tiene como objetivo prevenir que recursos de origen ilícito se integren a la economía formal, estableciendo controles sobre ciertas actividades económicas consideradas vulnerables.

El problema es que muchas empresas realizan estas actividades sin saber que están reguladas, quedando expuestas a multas elevadas e incluso a consecuencias penales.

¿Quiénes son considerados “personas obligadas”?

Están obligadas al cumplimiento de esta ley las personas físicas y morales que realicen actividades vulnerables, entre las que destacan:

  • Compra-venta de vehículos (nuevos o usados).
  • Comercialización de inmuebles.
  • Arrendamiento de bienes inmuebles.
  • Servicios de blindaje, traslado o custodia de valores.
  • Comercialización de joyas, relojes, metales o piedras preciosas.
  • Emisión o comercialización de tarjetas, vales o monederos electrónicos.
  • Servicios profesionales que intervienen en:
    • Constitución de sociedades.
    • Modificación de estructuras corporativas.
    • Manejo de recursos, cuentas o activos de terceros.

👉 Muchas empresas realizan estas operaciones de forma accesoria sin identificarse como “actividad vulnerable”.

Principales obligaciones de hacer

Las personas obligadas deben cumplir, entre otras, con las siguientes obligaciones:

  1. Alta y registro en el padrón de actividades vulnerables.
  2. Identificación de clientes y usuarios, integrando expedientes completos.
  3. Presentación de avisos mensuales  por las operaciones realizadas, esto dependiendo del rango de cada operación.
  4. Resguardo de información y documentación.
  5. Designación de un responsable interno del cumplimiento antilavado.

Obligaciones de no hacer

Tan importante como cumplir, es evitar conductas prohibidas:

  • ❌ Aceptar pagos en efectivo por arriba de los límites permitidos en actividades vulnerables.
  • ❌ Omitir la presentación de avisos “por considerar que no son relevantes”.
  • ❌ Simular operaciones o fragmentar pagos para evadir controles.
  • ❌ Operar sin políticas internas cuando la actividad lo requiere.

Sanciones por incumplimiento

El incumplimiento a la Ley Antilavado no es menor y puede generar:

  • Multas que pueden ir desde miles hasta millones de pesos.
  • Clausura temporal de establecimientos.
  • Cancelación de sellos digitales.
  • Responsabilidad administrativa e incluso penal en casos graves.

En auditorías recientes, el SAT ha incrementado la revisión de avisos, omisiones históricas y controles internos.

Reflexión

La Ley Antilavado no es solo un tema fiscal, es un tema legal, corporativo y reputacional.
Un error u omisión puede afectar directamente:

  • La operación del negocio.
  • La relación con bancos y clientes.
  • La continuidad de la empresa.

Por ello, es clave que el empresario conozca sus obligaciones y que su equipo administrativo y contable las ejecute correctamente.

Nuestro compromiso

En Estudillo y Compañía, desde hace 30 años, acompañamos a las empresas de Ensenada y Baja California no solo en el cumplimiento fiscal, sino en una visión integral de riesgos y control empresarial.

Nuestra labor no es solo calcular impuestos, sino anticipar contingencias y proteger el patrimonio empresarial.

¿Su empresa está obligada y no lo sabía?
Una revisión oportuna puede evitar sanciones futuras.
Enero es el mejor momento para ordenar, corregir y prevenir.

Blvd. Ramírez Méndez 1495, Fracc. Bahía, 22880 Ensenada
646 177 2770 | WhatsApp: (646)947 9699

info@eycia.com | www.eycia.com/servicios

Firma: CPC Omar Flores 

abogada
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